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Jueves, 28 de Marzo de 2024

Policías de Tehuacán golpearon a detenido hasta matarlo

La CDH emitió una recomendación luego de acreditar la violación de derechos humanos.
Jueves, 20 de Noviembre de 2014 16:43
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Municipios Puebla

Tehuacán, Pue.- Por la violación a los derechos humanos de un par de detenidos que fueron intimidados, amenazados y golpeados por policías municipales, derivando en la muerte de uno de ellos, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla emitió la Recomendación 25/2014 dirigida a la presidenta municipal en turno, Ernestina Fernánez Méndez.

Lo anterior derivado del análisis lógico-jurídico realizado a las evidencias asentadas en el expediente de queja 3178/2012-I, donde se informó que el pasado 15 de abril de 2012 elementos de la Policía Municipal del Primer Turno del Grupo Táctico, ingresaron a un bar para interrogar a un par de personas, sobre unas claves de comunicación que portaban, posteriormente fueron retirados del lugar para subirlos a una patrulla sin informales el motivo de su detención, ni de los derechos que les asisten. 

Los afectados fueron trasladados a los separos de la Dirección de Seguridad Pública municipal de Tehuacán sin que fueran puestos a disposición de la autoridad competente, Durante el tiempo que permanecieron en el lugar fueron intimidados, amenazados y golpeados, mientras los interrogaban nuevamente sobre el uso de las claves que portaban.

Esta situación duró hasta las 3:32 o 3:40 horas aproximadamente, momento en el que uno de los afectados tuvo que ser auxiliado por el grupo de rescate de bomberos ya que convulsionó, fue en ese momento que lo pusieron a disposición del juez Calificador, sin embargo, una vez en el hospital falleció a consecuencia de los golpes recibidos.

Recomendaciones

Para la CDH quedaron acreditados estos hechos por lo que determinó emitir los siguientes puntos recomendatorios: primero, proporcionar al afectado y sus familiares atención psicológica, rehabilitación y superación de las secuelas que le fueron provocadas por su detención; segunda, se giren instrucciones a quien corresponda para que realice los trámites correspondientes y se proceda a la reparación pecuniaria conforme a la ley, así como la reparación por los perjuicios y pérdidas materiales que dichas personas han tenido que erogar con motivo de la violación a sus derechos humanos.

El tercer punto recomendatorio señala que se debe colaborar ampliamente con esta Comisión para el trámite de la queja que se promueva ante la Contraloría Municipal de Tehuacán en contra de los elementos de la policía que participaron en estos hechos, independientemente si dichos elementos continúan o no laborando para el Ayuntamiento; cuarto, brindar a los elementos de la Policía Municipal capacitación relativa al uso de la fuerza y el respeto y protección de los derechos humanos establecidos tanto en la legislación local, nacional e internacional, principalmente los relacionados con las garantías de seguridad jurídica, legalidad, integridad y seguridad personal.

Quinto, emitir una circular donde se reitere la instrucción a los elementos de la Policía Municipal para que sujeten su actuar a lo establecido por el orden jurídico mexicano, así como a los tratados internacionales suscritos y ratificados por el estado mexicano y se abstengan de realizar actos que atenten contra la seguridad jurídica, integridad y la seguridad personal o la vida de las personas. Los puntos recomendatorios señalados deberán acreditarse por escrito ante la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla.

La CDH pide a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla su colaboración toda vez que el Ministerio Público es parte en el juicio penal que se sigue en el juzgado del Distrito Judicial de ciudad Serdán para que se instruya al ministerio público adscrito al juzgado, aportar la presente Recomendación al citado juicio en aras de coadyuvar al mismo.

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